viernes, 7 de marzo de 2014

OFERTA DE TRABAJO EN DIPUTACIÓN DE CUENCA

http://www.dipucuenca.es/bop/boletines/2014/3/7/index.asp?opcion3=./&opcion1=/bop/boletines/2014/3/7/index.PDF

Os remito la convocatoria de una plaza de monitor en Madera y Mueble en Cuenca.

 
 
 


 
ANUNCIO
 
El Sr,. Presidente del Patronato de Desarrollo Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, por Decreto nº 103

de fecha 4 de marzo de 2014 ha dispuesto la aprobación de las Bases que han de regir el proceso selectivo para la contratación,

por el Patronato de Desarrollo Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca de UN MONITOR/A del TALLER

DE EMPLEO “MUEBLE DORADO Y POLICROMADO DE INIESTA”, en Iniesta, de acuerdo con las siguientes Bases:
 
CONVOCATORIA PÚBLICA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE MONITOR DEL TALLER DE EMPLEO “MUEBLE DORADO

Y POLICROMADO DE INIESTA”. INIESTA.
 
 
1.-OBJETO. El objeto de la presente convocatoria es la contratación laboral temporal, mediante contrato por obra o servicio

determinado, por 6 meses, por parte del Patronato de Desarrollo Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca,

de UN MONITOR para el Taller de Empleo “MUEBLE DORADO Y POLICROMADO DE INIESTA”, que se desarrollará en

el municipio de Iniesta, acción cofinanciada por el Fondo Social Europeo y regulada por las ordenes de la Consejería de

Empleo y Economía de 15/11/2012 y de 12/11/2013, que regulan los programas de formación en alternancia con el empleo,

se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas y se aprueba la convocatoria

de talleres de empleo y unidades de promoción y desarrollo para 2013.

La presente convocatoria se efectúa por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 30/1992 de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, teniendo

en cuenta la premura en el tiempo, ya que las acciones formativas subvencionadas deben estar finalizadas antes del 30

de noviembre de 2014, según el artículo 2, punto decimocuarto de la Orden de 12/11/2013, por la que se regulan los programas

de formación en alternancia con el empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas

a dichos programas, y se aprueba la convocatoria de talleres de empleo y unidades de promoción y desarrollo para

2013. . En ese periodo de tiempo se tienen que seleccionar los alumnos-trabajadores y los profesionales (directores y monitores),

se tiene que dotar y poner en marcha los talleres y se tiene que desarrollar el taller en cuestión por un periodo de 6

meses. Es lógico que esta convocatoria de selección se tramite por el procedimiento de urgencia, ya que hasta la propia

Orden de 12/11/2013, en su artículo 2, punto cuarto, establece la tramitación de urgencia del proceso administrativo para

la concesión de ayuda.

El artículo 48.5 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha dice: “En ausencia de bolsas

de trabajo y hasta tanto se conformen las resultantes de la correspondiente oferta de empleo público, la selección del personal

funcionario interino y del personal laboral temporal se realiza mediante convocatoria específica, a través del sistema

de oposición, o de forma excepcional, cuando la naturaleza de los puestos así lo aconseje, de concurso. Los procesos selectivos

para el nombramiento de personal funcionario interino y de personal laboral temporal deben procurar la máxima agilidad

en su selección”. Se opta por el sistema de concurso por la naturaleza de los puestos a seleccionar, de acuerdo con

lo establecido en el artículo 7.1 de la Orden de 14 de noviembre de 2001 por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999,

de 22 de febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la

concesión de subvenciones públicas a dicho programa, por las labores que deben desempeñar los profesionales en los talleres

de empleo para completar la formación y los trabajos de los alumnos-trabajadores, de acuerdo con lo establecido en

los artículos 9 y 11 de la Orden de 15/11/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se establecen las bases

reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas y por la urgencia en la contratación, de acuerdo con

lo establecido en el párrafo anterior.

Por último, se incluye la entrevista como una parte de la valoración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la

ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

2.- REQUISITOS. Para ser admitidos al proceso selectivo, los aspirantes deben reunir en la fecha de finalización del plazo

para presentar la solicitud los siguientes requisitos:

- Ser español o ciudadano de la Unión Europea o extranjero residente.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado

para el ejercicio de funciones públicas.

- Estar en posesión de titulación de Técnico Superior de la familia profesional de madera, mueble y corcho, Certificados

de Profesionalidad de nivel 2 y 3 del área profesional de producción carpintería y mueble de la familia profesional de madera,

mueble y corcho.

- Permiso de conducción B. Disponibilidad para viajar y conducir.
 
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3.-SOLICITUDES. Las solicitudes para optar a este puesto de trabajo se presentarán en el Registro General del Patronato

de Desarrollo Provincial, Camino del Terminillo Km. 2, 16003, Cuenca, o por los procedimientos establecidos en el art. 38.4

de la Ley 30/92 de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común

El plazo para la presentación de las mismas será de 15 días naturales, a partir del siguiente de la publicación en el Boletín

Oficial de la Provincia.

La solicitud oficial, según anexo I, será acompañada de la siguiente documentación (fotocopias simples):

- Fotocopia del DNI.

- Fotocopia de la titulación exigida en la base 2.

- Fotocopia del permiso de conducción tipo B.

- Declaración de disponibilidad para viajar y conducir.

- Certificado de vida laboral emitido con fecha posterior a la publicación de esta convocatoria.

- Currículum vitae

- Fotocopias de los documentos que acrediten los méritos de la base 4, que tengan relación con la plaza objeto de la presente

convocatoria.

La experiencia deberá acreditarse mediante fotocopias de contratos, vida laboral, certificados de empresa o cualquier otro

medio y describiendo tanto el periodo realizado como las funciones del puesto o desempeño profesional.

La formación se acreditará mediante fotocopias de certificados de los cursos que se relacionen en el currículum vitae, donde

se acrediten tanto el periodo de duración del curso, las horas realizadas o créditos, las materias impartidas y la entidad que

impartió el curso.

4.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Los criterios a valorar serán:

4.1.- Méritos Generales:

- Por haber desempeñado puestos de trabajo de monitor de taller empleo, según lo establecido en el Real Decreto 282/1999,

de 22 de febrero, por el que se establece el programa de talleres de empleo: 0,08 puntos por mes trabajado, hasta un máximo

de 2 puntos.

- Experiencia de trabajo, desempeñando funciones directamente relacionadas con la materia del taller de empleo: 0,08 puntos

por mes trabajado, hasta un máximo de 4 puntos.

- Cursos recibidos y/o impartidos, relacionados con el puesto de trabajo a desarrollar así como los de Seguridad e Higiene

en el Trabajo, Prevención de Riesgos Laborales, Metodología Didáctica, Desarrollo Local y medidas de Fomento de Empleo:

0.006 puntos por hora acreditada convenientemente en el certificado del curso, hasta un máximo de 2 puntos.

4.2.- Entrevista: Donde se valorará las aptitudes profesionales, adecuación al puesto, experiencia en elaboración de muebles

de madera, así como la organización y gestión del programa teórico-práctico adecuado a las características del proyecto.

Máximo de 2 puntos.

5.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN.

El Tribunal de Selección (Comisión Mixta de Selección) estará formado por:

Presidente: Titular: Juan Ángel García Recuenco

Suplente: Mª Jesús Navarro Lozano

Vocales: Titular: Julia Gómez González

Suplente: Juan José Carretero Portero

Titular: David Povedano Cañaveras

Suplente: Sonia Cejalvo García

Titular: Alfredo González Palomero

Suplente: Arturo Pardo Giménez

Titular: Ana Conesa Lozano

Suplente: Francisco José Gea Alegría
 
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Secretario: Titular: Javier Garrote González

Suplente: Antonio Martínez Carrasco

Asesoramiento y apoyo técnico: Director y técnicos de la U.P.D.

6.-PROCESO DE SELECCIÓN.

6.1.- Listado de admitidos y excluidos.

Se publicará en la página web de Diputación (www.dipucuenca.es), en el apartado del Patronato de Desarrollo Provincial,

en el tabón de anuncios de dicho organismo y en el tablón de anuncios de los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo

y Economía la relación provisional de incluidos y excluidos, concediendo un plazo de 5 días naturales para que se puedan

efectuar reclamaciones.

Con posterioridad, y una vez analizadas las posibles reclamaciones, se expondrá en los mismos medios citados anteriormente

el listado definitivo de admitidos y excluidos, de acuerdo con lo establecido en la base 2.

6.2.- El proceso de selección, mediante concurso, se divide en dos partes:

a) Méritos Generales.-

Se realizarán las reuniones precisas por parte del Tribunal de Selección para valorar los criterios establecidos en la base

4.

La relación provisional de valoración será expuesta por el Tribunal de Selección en la página web de Diputación

(www.dipucuenca.es), en el apartado del Patronato de Desarrollo Provincial, en el tabón de anuncios de dicho organismo

y en el tablón de anuncios de los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía, concediendo un plazo de

5 días naturales para que se puedan efectuar reclamaciones.

Una vez analizadas las reclamaciones a las valoraciones provisionales, se elaborará listado definitivo de valoración y se

expondrá en los medios citados anteriormente.

b) Entrevista.-

La entrevista se realizará a los 10 aspirantes con mayor puntuación en la valoración de méritos generales. En caso de que

existieran aspirantes con la misma nota de valoración que el incluido como número 10 para la entrevista, éstos también se

incluirán para la realización de la misma.

Se efectuará llamamiento para la entrevista en los medios establecidos anteriormente, con una antelación de al menos 5

días naturales. Esta entrevista servirá exclusivamente para valorar el conocimiento de la materia objeto del taller de empleo,

aptitudes profesionales y adecuación al puesto, con una puntuación máxima de 2 puntos.

No serán entrevistados aquellos aspirantes, que atendiendo a la puntuación obtenida en la baremación y sumando la posible

máxima puntuación a otorgar en la entrevista, no puedan superar al candidato con mayor puntuación.

Una vez adicionada la puntuación de la entrevista, se expondrá el listado definitivo de valoración total y el Tribunal de Selección

propondrá al Presidente del Patronato la contratación del aspirante con mayor puntuación. En caso de empate, desempatará

por este orden: la mayor puntuación en los méritos generales y la mayor edad.

En caso de que no se pueda realizar la contratación, el Presidente del Patronato efectuará las sustituciones necesarias siguiendo

el orden de puntuación de la relación definitiva de valoración.

Se establece una bolsa de trabajo para las posibles sustituciones, si existiera baja por parte de la persona contratada. En

la bolsa se integrarán todos los demás aspirantes por orden de puntuación total, teniendo efectividad hasta la terminación

del proyecto.

7.- EXCLUSIÓN DE CANDIDATOS. Antes de realizarse la contratación, el aspirante propuesto o sus sustitutos deberán aportar

originales o fotocopias compulsadas de la documentación citada en la base 3, cuyas fotocopias simples se hayan aportado

para la valoración. Cualquier alteración o no aportación de dicha documentación original o debidamente compulsada

dará lugar a la exclusión de la contratación, sin perjuicio del inicio de las acciones administrativas o judiciales que procedan.

8.- RECURSOS. Contra este acto, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición,

en el plazo de un mes, ante el Presidente del Patronato de Desarrollo Provincial, o recurso contencioso-administrativo, en

el plazo de dos meses, a contar ambos plazos desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria.

Cuenca, 4 de marzo de 2014.

Presidente del Patronato de Desarrollo Provincial.

Antonio Ruiz García.